El Chacarero por los hechos de violencia en cancha de Huracán y el Rojiblanco por la falla de seguridad en la organización.
El Tribunal de Diciplina decidió eliminar a El Porvenir y San Martín de Mendoza, luego de suspenderlo por falta de garantías del operativo policial en los hechos de violencia que se produjeron en las inmediaciones del estadio de Huraca, protagonizados por hinchas del Chacarero, en la previa del choque de ambos equipos por los octavos de final.
«Al respecto, el reglamento del torneo en el capitulo XII referido a la
organización de los partidos, en su Art. 62 en cuanto a las
responsabilidades del club local, se establece que “…La organización de
todo lo inherente al partido es responsabilidad del Club que actúa como
local … a) La contratación del servicio policial suficiente para
mantener el orden y la seguridad tanto en las inmediaciones como
en los accesos y dentro del estadio…”.
«En lo que respecto a la responsabilidad de San Martín, en el citado
reglamento del torneo, en el Art. 75.2, se encuentra regulado que: … d)
De producirse incidentes provocados por … socios y/o la parcialidad de
un club, en cualquiera de los dos encuentros eliminatorios que disputen
una pareja de equipos y que consecuentemente tales hechos den lugar
a la suspensión del encuentro por parte del árbitro, el Tribunal de
Disciplina Deportiva del Interior sancionará al club responsable con la
perdida de los dos (2) encuentros eliminatorios que conforman la serie.
Que, la violencia antes, durante y una vez finalizados los partidos
resulta una constante en el fútbol del interior, que no ha podido
erradicarse, y, en este caso, el Tribunal variará excepcionalmente el
peso punitivo a la institución cuya parcialidad fue la generadores de los
disturbios y a la restante, por omitir contratar el servicio de policía
exigido por la reglamentación vigente.«
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior,
RESUELVE:
1°) Sancionar con la pérdida del partido a ambos equipos, club Sportivo
El Porvenir de San Rafael y el Atlético Club San Martín de Mendoza, y
con ello determinar la pérdida de la llave eliminatoria para las citadas
instituciones, sin que sea de aplicación en este caso lo normado por el
art. 152 del R.T.P. sobre la registración de resultados, atento a quedar
eliminados de la clasificación (Arts. 32, 33, 80 y 287 in 1º del R.T.P., y
Arts. 62 y 75-2-d del Reglamento del Torneo Regional Federal Amateur
2021/22).
2°) Sancionar con multa al club Sportivo El Porvenir de San Rafael y el
Atlético Club San Martín de Mendoza, de 100 entradas generales por
tres fechas (Arts. 32, 33, 80 y 287 inc. 1º del R.T.P.).
3°) Comuníquese lo aquí resuelto el Consejo Federal del Fútbol, a los
fines que estime corresponder para la conformación de la continuidad
del torneo Regional Federal Amateur (Arts. 32 y 33 del R.T.P.).
4°) Comuníquese, publíquese y archívese.
Con información de Ascenso del Interior